Procedimiento selectivo 24-25. Nota informativa tribunal 2 inglés
Fuente: Educastur
21/06/2025
«Se ha detectado una incidencia en la celebración de la parte B de la primera prueba que afecta a los aspirantes del Tribunal 2 de la especialidad de inglés del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria (0590011). En concreto, se ha consignado de forma errónea uno de los cuatro temas resultantes del sorteo en una de las aulas del mencionado tribunal (aula 115), siendo los temas extraídos los siguientes: 14, 69, 56 y 61.
Se informa que se está trabajando en la búsqueda de soluciones que produzca el menor resultado lesivo para el conjunto de las personas afectadas, a la par que garantice la validez de la prueba de modo que permita continuar con el procedimiento, sin descartar una posible repetición de dicha prueba el día 28 para aquellos aspirantes adscritos al tribunal afectado.
La Consejería de Educación lamenta el error producido y pide disculpas a los aspirantes afectados.»
OPOSITTA cree que en ningún caso se debe repetir el examen del tribunal 2 de inglés. El opositor no puede ser el perjudicado de un error material de la Consejeria de Educación. Sería el caso de un administrado sufriendo un error del administrador. Se ha producido un error de hecho, donde la administración comete el error.
Un administrado (ciudadano o entidad) puede sufrir un error causado por la administración pública, lo que puede generar responsabilidad patrimonial de la administración. Esto significa que la administración podría estar obligada a indemnizar al administrado por los daños y perjuicios causados por su error.
En este caso de consignar mal el tema, no podría ser tipificado como error material involuntario porque la solución no tiene corrección sin perjuicio para que administrado.
Se recomienda presentar una reclamación formal a la administración, detallando el error y los daños sufridos.
Se aconseja consultar con un abogado especializado en derecho administrativo para evaluar la viabilidad de una reclamación o demanda.
La responsabilidad patrimonial de la que es responsable la propia administración deberá cuantificarse en un juicio que surge de una demanda judicial interpuesta por el opositor (administrado).
Si como parece ser todo el tribunal 2 de inglés ha redactado los mismos temas, a priori no existe perjuicio porque todos han elegido sobre los mismos 4 temas y las plazas se distribuyen por tribunales. No obstante, para quienes el tema 61 fuera mejor que el 51, sí habría perjuicio. El error es de facto, pero nunca subsanable a costa del opositor.
Reclamar o no dependerá de cada opositora u opositor, únicamente en función de sus propios intereses.
Fdo.: Javier Feito – Catedrático de Educación Física –